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Ley Vigente 3 redacciones

Artículo 35. Publicidad activa y transparencia.

Artículo 35 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de Archivos y Documentos. · BOE-A-2001-16691

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-24.

Texto consolidado

1. Con el fin de que los usuarios puedan localizar e identificar los documentos y puedan acceder a ellos, los archivos del Sistema de Archivos de Cataluña deben cumplir las siguientes obligaciones de transparencia:

a) Hacer públicos los instrumentos de descripción documental que permiten a investigadores y ciudadanos localizar la documentación de que disponen.

b) Hacer público el registro de eliminación de documentos.

c) Hacer públicas las limitaciones a la consulta de documentos custodiados e informar de la fecha en que dichos documentos son accesibles.

d) Informar a los usuarios de su derecho a reclamar y de los procedimientos a seguir en el supuesto de denegarse su derecho de acceso.

2. La información a que se refiere el apartado 1 debe poder ser consultada en el portal de la transparencia y en la sede electrónica o sitio web del organismo titular del servicio de archivo y gestión documental.

Se derogan los apartados 1 y 3 por la disposición derogatoria.1.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-470.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-9679.

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