Artículo 35. Innovación tecnológica y atención temprana.
Artículo 35 de la Ley 1/2023, de 16 de febrero, por la que se regula la atención temprana en la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2023-5958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
Las Consejerías competentes en las materias de salud, educación, servicios sociales y estrategia digital y nuevas tecnologías trabajarán, de forma conjunta, para promover el desarrollo de juegos, programas, servicios y otras herramientas que, apoyándose en las innovaciones tecnológicas accesibles, consigan producir un impacto positivo en el desarrollo de las personas menores con trastornos del desarrollo o riesgo de presentarlos.