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Ley Vigente 4 redacciones

Artículo 35. Criterios de graduación de las sanciones.

Artículo 35 de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, del Estatuto de los Productores e Industriales Agroalimentarios de las Illes Balears. · BOE-A-1999-8272

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-14.

Texto consolidado

1. Una vez calificadas las infracciones como leves, graves o muy graves, se graduarán las sanciones en grado mínimo, medio o máximo. En la graduación de las sanciones deberán observarse los siguientes criterios:

a) El fraude, la culpa, o la simple inobservancia.

b) La naturaleza de los perjuicios causados a los productores y/o industriales agroalimentarios.

c) La amonestación previa.

d) El volumen de ventas.

e) La cuantía del beneficio ilícito obtenido.

f) El reconocimiento y la subsanación de las infracciones antes de que se resuelva el correspondiente procedimiento sancionador.

2. De acuerdo con estos criterios, las sanciones pecuniarias se impondrán motivadamente en los grados mínimo, medio y máximo, entre los límites que se indican a continuación:

a) Sanción pecuniaria por infracción leve:

Grado mínimo: hasta 1.000 €

Grado medio: de 1.001 a 2.000 €

Grado máximo: de 2.001 a 3.000 €

b) Sanción pecuniaria por infracción grave:

– Grado mínimo: De 3.001 a 6.000 euros.

– Grado medio: De 6.001 a 20.000 euros.

– Grado máximo: De 20.001 a 60.000 euros.

c) Sanción pecuniaria por infracción muy grave:

– Grado mínimo: De 60.001 a 200.000 euros.

– Grado medio: De 200.001 a 400.000 euros.

– Grado máximo: De 400.001 a 600.000 euros.

Se modifican las letras b) y c) del apartado 2 por el art. 14.2 de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-720

Se modifican las letras b) y c) del apartado 2 por el art. 13 del Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2024-16940#a1-5#df-3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-14.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears..

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