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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 35. Aplicación de los tributos cedidos.

Artículo 35 del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos. · BOE-A-2009-14964

Atención: Decreto Legislativo 1/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los efectos de este título, la aplicación de los tributos cedidos comprende las funciones de gestión, liquidación, recaudación e inspección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-09-10.

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