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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 35. Contenido.

Artículo 35 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. · DOCM-q-2002-90021

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.

Texto consolidado

1. Los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de:

a) Las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos y los derechos que se prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio.

b) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las empresas públicas que formen parte del sector público regional.

c) La totalidad de los gastos e ingresos del resto de entidades del sector público regional a que se refiere el artículo 4 de la presente Ley.

2. En los Presupuestos Generales debe consignarse el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos atribuidos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

3. Integran los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

a) El presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos autónomos.

b) Los presupuestos de las empresas públicas que formen parte del sector público regional.

c) Los presupuestos del resto de entidades del sector público regional a que se refiere el artículo 4 de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-30.

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