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Real Decreto Vigente

Artículo 345.

Artículo 345 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

Texto consolidado

Los Directores de los establecimientos solicitarán en el mes de diciembre de cada año, del Centro Directivo, las dotaciones económicas que estimen necesarias para atender convenientemente todos los servicios, bien de carácter ordinario o extraordinario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

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