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Real Decreto Derogada

Artículo 34. Deber de colaboración.

Artículo 34 del Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola. · BOE-A-2015-8648

Atención: Real Decreto 740/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las comunidades autónomas comunicarán al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, antes del 1 de abril de cada año, las modificaciones en la clasificación de variedades de uva de vinificación y portainjerto que figuran en el anexo XIX que hayan realizado en cumplimiento de lo previsto en el artículo 29.

2. El Ministerio publicará anualmente, mediante orden ministerial en el «Boletín Oficial del Estado», las modificaciones que se produzcan en el anexo XIX con base en las comunicaciones realizadas por las comunidades autónomas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-02.

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