Artículo 34. Saludos entre buques de la Armada y plazas.
Artículo 34 del Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. · BOE-A-2010-8188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-23.
Texto consolidado
1. Entre buques de la Armada y plazas nacionales no se intercambiarán saludos.
2. Los buques de la Armada al llegar a puerto extranjero saludarán a la plaza con una salva de veintiún cañonazos, siempre que exista, en cada caso, acuerdo específico para el saludo mutuo. Dicho acuerdo podrá incluir o no el saludo posterior a la insignia de la autoridad naval de más categoría presente en la plaza.
3. Las plazas y puertos españoles que se determinen por orden del Ministro de Defensa contestarán a los saludos al cañón en las visitas que realicen los buques extranjeros, siempre que exista acuerdo para el saludo mutuo.