Artículo 34. Asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la contratación.
Artículo 34 del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. · BOE-A-2024-8710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
El servicio de asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la contratación consistirá en el acompañamiento a las personas usuarias, de manera presencial, o a través de medios electrónicos y contará, al menos con las siguientes actividades:
a) Analizar las necesidades de la persona usuaria para identificar la información requerida.
b) Dar respuesta a la persona usuaria, presencial y/o telemáticamente, sobre la información requerida, ofreciendo apoyo a la tramitación de los incentivos a la contratación.
Más artículos de Real Decreto 438/2024
- ← Artículo 33. Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo.
- → Artículo 35. Servicios complementarios no contemplados en la Cartera Común.
- Ver la norma completa: Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.