El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 34. Composición de la Junta de Gobierno.

Artículo 34 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.

Texto consolidado

El pleno de la Junta de Gobierno se compone de:

a) El Presidente.

b) El Vicepresidente.

c) El Tesorero-Contador.

d) El Secretario.

Formarán parte también de la Junta de Gobierno los Presidentes o miembros que les sustituyan, de las Comisiones de Agentes, de Corredores, de Ordenación del Mercado y de las restantes Comisiones Sectoriales o de Trabajo constituidas en el Colegio.

Formarán parte asimismo de la Junta de Gobierno, si no fueran miembros de la misma en razón de otro cargo, los Presidentes de las Delegaciones territoriales si estuvieren establecidas en la demarcación del Colegio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-25.

Más artículos de Real Decreto 1482/2001

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1482/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.