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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 34. Gerente.

Artículo 34 del Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española. · BOE-A-2013-2607

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-04.

Texto consolidado

A las órdenes del Secretario/a General, podrá nombrarse un Gerente, que se encargará de la distribución y correcta organización del trabajo, el cumplimiento de las obligaciones laborales del personal, la gestión diaria de los diferentes acuerdos adoptados y cuantas otras funciones y gestiones le sean encomendadas por el/la Secretario/a General. Su nombramiento incumbe a la Junta Ejecutiva Permanente, a propuesta del Secretario/a del Consejo General y el mismo se adoptará de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-02-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-2044.

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