Artículo 34. Violencia en el ámbito familiar relacionada con la identidad o expresión de género.
Artículo 34 de la Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-5118
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-12.
Texto consolidado
1. Se reconoce como violencia familiar cualquier forma de violencia que se ejerza en el ámbito familiar por causa de identidad o expresión de género de cualquiera de sus miembros, incluyendo el no respeto por parte de cualquier miembro de la familia a la identidad o expresión de género de los y las menores.
2. La Generalitat adoptará medidas de apoyo, mediación y protección a las víctimas de la violencia familiar, por motivos de identidad o expresión de género, que garanticen la protección de la persona acosada frente a la persona acosadora, facilitando con ello la independencia física y económica de la víctima.