Artículo 34. Acción colectiva.
Artículo 34 de la Ley 5/2011, de 6 de octubre, del olivar de Andalucía. · BOE-A-2011-17494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-08.
Texto consolidado
La Administración de la Junta de Andalucía fomentará las actuaciones de cooperación y asociación de los distintos agentes que intervienen en el sistema productivo y comercial que determinan la cadena de valor del aceite de oliva y la aceituna de mesa. Asimismo, fomentará los procesos de integración de las cooperativas de primer grado en estructuras de mayor dimensión que mejoren su posición en los mercados y que se unan para la comercialización de sus productos.