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Ley Vigente

Artículo 34. Artículos objeto de rebajas.

Artículo 34 de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón. · BOE-A-2015-5328

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

Texto consolidado

Los artículos objeto de la venta en rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad en la oferta habitual de ventas. Especialmente queda prohibido ofertar, como rebajados, artículos deteriorados, así como los que hayan sido adquiridos expresamente para este fin.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

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