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Ley Vigente 3 redacciones

Artículo 34. Elaboración del borrador inicial y Memoria de Análisis de Impacto Normativo.

Artículo 34 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2005-10458

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-30.

Texto consolidado

1. El borrador inicial será redactado por el órgano proponente o, en su caso, por la unidad administrativa o grupo de trabajo designado en la resolución de inicio, y estará integrado por una parte expositiva y por el texto articulado del proyecto de ley o del reglamento, que incluirá, en su caso, una disposición derogatoria de las normas anteriores que resulten afectadas.

2. El borrador inicial irá acompañado de la Memoria Inicial de Análisis de Impacto Normativo. La MAIN se redactará de forma simultánea a la elaboración del borrador y será actualizada durante el transcurso del procedimiento.#a6-3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa..

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