Artículo 34. Fomento del turismo y la gastronomía.
Artículo 34 de la Ley 2/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía. · BOE-A-2025-26848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-19.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de turismo contemplará en su planificación estratégica el fomento de actividades turísticas relacionadas con la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía, así como con productos gastronómicos que guarden una especial vinculación con el territorio.
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