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Ley Vigente

Artículo 34. Declaración de interés social a efectos expropiatorios.

Artículo 34 de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León. · BOE-A-2014-4333

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-03.

Texto consolidado

Podrán ser declaradas de interés social a los efectos previstos en la normativa sobre expropiación forzosa la instalación o ampliación de los centros museísticos integrados en la Red Museística de Castilla y León.

Esta declaración podrá extenderse a los inmuebles contiguos cuando así lo requiera la ampliación o seguridad de dichos centros museísticos, así como a las servidumbres a que se refiere el artículo 50.3 y que resulten precisas a tales fines.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-03.

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