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Ley Vigente

Artículo 34. Planificación y seguimiento de la Acción Exterior.

Artículo 34 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado. · BOE-A-2014-3248

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-27.

Texto consolidado

1. La planificación y el seguimiento de la Acción Exterior del Estado se llevará a cabo a través de la Estrategia de Acción Exterior y del Informe de Acción Exterior.

2. En el proceso de elaboración de ambos instrumentos participarán, en los términos previstos en el artículo siguiente, los órganos constitucionales, las Administraciones públicas y los organismos y entidades e instituciones de ellas dependientes, que actúen en el exterior.

Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 117, de 14 de mayo de 2014. Ref. BOE-A-2014-5106.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-27.

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