Artículo 34.
Artículo 34 de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias. · BOE-A-1998-10523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-04-18.
Texto consolidado
El Protectorado de Fundaciones Canarias es el órgano administrativo de asesoramiento, apoyo técnico y control de las fundaciones, que facilitará y promoverá el recto ejercicio del derecho fundacional y asegurará la legalidad de su constitución y funcionamiento.