El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 34. El Archivo del Reino de Mallorca.

Artículo 34 de la Ley 15/2006, de 17 de octubre, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20772

Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Sin perjuicio de la legislación que como centro de titularidad estatal le es aplicable, es la institución emblemática del Subsistema de Archivos de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, encargada de recoger, conservar, organizar, describir, servir y divulgar los fondos de las instituciones históricas de las Illes Balears y toda la documentación, publica o privada, que se considere de cariz histórico y que, por esta ley, le corresponda. Sus funciones son:

a) Recoger, conservar, servir y divulgar aquella documentación que por ley estatal le corresponda.

b) Ejercer, de manera coordinada con el servicio o departamento correspondiente de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y con el departamento de cultura del Gobierno de las Illes Balears, aquellas funciones que sirvan al impulso, al fomento, a la protección y a la difusión del patrimonio documental de las Illes Balears.

c) Ejercer las funciones de depósito final para aquella documentación generada por los órganos del Gobierno de las Illes Balears que, por su especial valor histórico, sea de utilidad para la investigación, según se determine de manera reglamentaria.

d) Recoger, conservar, servir y divulgar aquella documentación que ingrese, mediante convenio de carácter administrativo, el Gobierno de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-10-29.

Más artículos de Ley 15/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 15/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.