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Ley Vigente

Artículo 336. Infracciones leves.

Artículo 336 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

Texto consolidado

Constituyen infracciones leves:

a) Realizar actuaciones sometidas a autorización administrativa sin haberla obtenido previamente, cuando puedan ser objeto de legalización posterior.

b) Incumplir alguna de las prescripciones impuestas en las autorizaciones otorgadas cuando el incumplimiento fuera legalizable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

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