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Ley Vigente

Artículo 334-2. Bienes identificados.

Artículo 334-2 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. · BOE-A-2010-13115

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

Texto consolidado

1. En las infracciones cometidas en bienes envasados o identificados, se considera responsable la firma o la razón social que figura en la etiqueta o identificación, salvo que se demuestre que se ha falsificado o que es responsable algún otro integrante de la cadena de distribución o comercialización.

2. El primer comercializador en Cataluña de un bien envasado o identificado puede ser considerado responsable de la infracción cometida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-23.

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