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Ley Vigente

Artículo 332. Información y notificación de infracciones y sanciones administrativas.

Artículo 332 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión. · BOE-A-2023-7053

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-07.

Texto consolidado

1. La CNMV facilitará cada año a la AEVM información agregada relativa a las infracciones cometidas por incumplimiento de las obligaciones de esta ley, así como de las sanciones y de las medidas administrativas impuestas, a excepción de las de carácter investigativo.

2. La CNMV notificará a la AEVM todas las sanciones administrativas y medidas administrativas, a excepción de las de carácter investigativo, impuestas, pero no publicadas al amparo de lo previsto en el artículo 334.3.c) incluidos los recursos relacionados con ellas y el resultado de los mismos.

3. En el caso de que se haya divulgado públicamente una medida administrativa o una sanción, la CNMV notificará simultáneamente ese hecho a la AEVM.

4. Asimismo, con sujeción a los requisitos de secreto profesional, la CNMV notificará a la ABE todas las sanciones y otras medidas administrativas impuestas a una entidad de crédito o a una empresa de servicio de inversión, los recursos interpuestos contra dichas sanciones y otras medidas administrativas y el resultado de dichos recursos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-07.

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