Artículo 33.
Artículo 33 del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. · BOE-A-1991-15530
Atención: Real Decreto 905/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ente público Aeropuertos Españoles, y Navegación Aérea tendrá, para el cumplimiento de su objeto, un patrimonio propio distinto al del Estado, formado por el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que sean de su titularidad.