Artículo 33. Cuantificación.
Artículo 33 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
1. El profesional de la Procura que inste el concurso ya sea necesario o voluntario, devengará como máximo los derechos que le correspondan conforme a la siguiente escala:
Hasta euros
Cuantía
–
Euros
12.000
446,23
30.000
624,73
60.000
892,51
120.000
1.349,54
240.000
1.785,00
300.000
2.052,73
600.000
2.856,01
2. Por cada 6.000 euros o fracción que exceda de 600.000 euros, devengará como máximo 22,30 euros.