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Real Decreto Derogada

Artículo 33. Asignación de recursos en el sistema Agüera.

Artículo 33 del Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. · BOE-A-2013-6077

Atención: Real Decreto 399/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se asigna a Guriezo para atender las demandas 0,37 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos de la masa de agua subterránea Castro Urdiales que actualmente utiliza.

2. Se asigna a Castro Urdiales para atender las demandas 5,31 hm3/año de los recursos superficiales (Río Mioño, Río Sámano, Río Agüera), de los recursos de la masa de agua subterránea Castro Urdiales y de los recursos regulados en el Embalse del Juncal que actualmente utiliza. Se asignan también los recursos regulados procedentes del Bitrasvase Ebro-Pas-Besaya necesarios para respetar los caudales ecológicos en las tomas actuales.

3. A los municipios de Valle de Villaverde y Trucios/Turtzior, para atender las demandas se asignan 0,16 hm3/año de los recursos superficiales y de los recursos subterráneos que utilizan actualmente.

4. Para atender las demandas agrarias se asignan 0,04 hm3/año, de los recursos disponibles del sistema.

5. Para atender las demandas industriales estimadas en 0,78 hm3/año se asignan recursos superficiales y subterráneos del sistema.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-09.

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