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Real Decreto Vigente

Artículo 33. La zona de asistencia sanitaria, social y psicológica.

Artículo 33 del Real Decreto 32/2009, de 16 de enero, por el que se aprueba el Protocolo nacional de actuación Médico-forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples. · BOE-A-2009-2029

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-07.

Texto consolidado

En la zona de asistencia sanitaria, social y psicológica se ubicarán los equipos de psicólogos, médicos y asistentes sociales encargados de atender a los familiares y allegados de las víctimas o desaparecidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-02-07.

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