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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 33. Obligaciones de los propietarios de instalaciones eléctricas en el ámbito de la operación del sistema.

Artículo 33 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica. · BOE-A-1997-27817

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-23.

Texto consolidado

En el ámbito de la operación del sistema, serán obligaciones de los productores de energía eléctrica y de los propietarios de instalaciones de transporte y distribución, además de las específicamente señaladas en la Ley del sector eléctrico, las siguientes:

a) Instalar, operar y mantener correctamente las instalaciones a su cargo, respetando la normativa aplicable.

b) Maniobrar las instalaciones a su cargo de acuerdo con las instrucciones que imparta el operador del sistema.

c) Informar al operador del sistema sobre los planes de mantenimiento de las instalaciones a su cargo de acuerdo con el procedimiento que éste determine. En el caso de instalaciones pertenecientes a la red bajo la responsabilidad del operador del sistema, se deberá solicitar al operador del sistema la autorización para los descargos.

d) Informar de las características técnicas de su instalación y de sus capacidades máximas, tanto para la gestión de energía como para la prestación de servicios de ajuste.

e) Someterse a las inspecciones en los términos previstos en el presente Real Decreto.

f) Informar al operador del sistema de los programas de producción y consumo por nudos eléctricos.

g) Facilitar el acceso de terceros al uso de las redes de transportes y distribución conforme a la normativa que a tal efecto se establezca.

h) Cuantas otras obligaciones se determinen como desarrollo del presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-05-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico..

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