Artículo 33. Promoción de la investigación, desarrollo e innovación.
Artículo 33 del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público. · BOE-A-2023-7417
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-23.
Texto consolidado
En el ámbito de sus respectivas competencias, los Ministerios fomentarán proyectos de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de la accesibilidad universal de los bienes y servicios a disposición del público, recurriendo, siempre que sea posible, a la colaboración público-privada.
Se promoverán las redes de investigación interdisciplinarias y los entornos de colaboración, que permitan la creación de soluciones innovadoras en el ámbito europeo e internacional, fomentando la participación de las personas con discapacidad en dichas redes.
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