Artículo 33. Divisas de empleo de los cabos y guardias civiles.
Artículo 33 de la Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil. · BOE-A-2023-5703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-24.
Texto consolidado
Las divisas de empleo correspondientes a la categoría de cabos y guardias en el Cuerpo de la Guardia Civil son las siguientes:
a) Cabo mayor: Un galón de oro de 10 milímetros de anchura, con ribetes rojos de 1 milímetro de su borde superior, centrado y con el vértice hacia arriba sale un galón igual al anterior con forma de ángulo recto.
b) Cabo primero: Un galón de oro de 10 milímetros de anchura, con ribetes rojos de 1 milímetro.
c) Cabo: Tres galones rojos de 10 milímetros de anchura, con ribetes negros de 1 milímetro, paralelos y unidos al del centro.