Artículo 33. Jornadas Formativas de Unidad.
Artículo 33 de la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil. · BOE-A-2019-4485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-12.
Texto consolidado
1. Las Jornadas Formativas de Unidad son la herramienta de “formación dirigida” que garantiza el mantenimiento y la actualización de los conocimientos imprescindibles para el desarrollo de las competencias diarias del desempeño profesional de todo el personal de la Guardia Civil.
2. La planificación de las Jornadas Formativas de Unidad corresponderá a las unidades con nivel de subdirección general, y su organización y ejecución de estas jornadas será llevada a cabo por las unidades que previamente se determinen por cada unidad con nivel de subdirección general en el ámbito de sus competencias, en coordinación con la Jefatura de Enseñanza.
Su ejecución se planificará de tal modo que permita la concurrencia, de forma periódica, de todo el personal de cada una de las unidades según se determine.
3. Dentro de cada unidad se podrán dirigir diferentes actividades formativas a su personal, atendiendo a las funciones que desempeñen.
4. Por parte de la Jefatura de Enseñanza se podrán establecer contenidos mínimos para la inclusión dentro de las Jornadas Formativas de Unidad para determinadas unidades, o su personal, atendiendo a sus funciones, localización o grado de especialización.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11787.