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Ley Foral Vigente

Artículo 33. Destino de los ingresos procedentes de las sanciones.

Artículo 33 de la Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de protección de los animales de compañía en Navarra. · BOE-A-2019-6779

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-11.

Texto consolidado

Las Administraciones local y autonómica deberán destinar los ingresos procedentes de las sanciones por las infracciones de la presente ley foral a actuaciones que tengan por objeto el fomento de la protección de los animales en los términos que se desarrollen reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-11.

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