Artículo 33. Derecho de rectificación.
Artículo 33 de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid. · BOE-A-2016-2871
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-30.
Texto consolidado
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2. El derecho de rectificación se regirá por lo señalado en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.