Artículo 33. Intermodalidad y áreas logísticas.
Artículo 33 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia. · BOE-A-2018-1750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-14.
Texto consolidado
En los procesos de planificación que debe realizarse para el sistema portuario de Galicia se establecerán medidas al objeto de alcanzar una eficiente intermodalidad y la eficiencia entre los modos y cadenas de transporte, así como la conexión o creación de áreas logísticas, para facilitar la incorporación de valor añadido a los procesos productivos.