Artículo 33. Modificaciones de la disponibilidad del local.
Artículo 33 de la Ley 6/2006, de 9 de noviembre, de Farmacia de Extremadura. · BOE-A-2006-21906
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-17.
Texto consolidado
Todo acto de disposición o gravamen sobre el local de la oficina de farmacia que pueda afectar a la posesión del mismo será comunicado a la Consejería competente en materia de sanidad de la Junta de Extremadura.