Artículo 33. Preparación a la jubilación.
Artículo 33 de la Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores. · BOE-A-1999-19448
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-30.
Texto consolidado
1. Las Administraciones Públicas propiciarán, mediante la promoción de cursos de preparación a la jubilación y otras medidas encaminadas a la adaptación a la nueva situación, que la jubilación sea percibida como el inicio de una fase de la vida llena de posibilidades de realización personal. Algunas de estas acciones podrán articularse, entre otros medios, a través de los correspondientes acuerdos con las organizaciones sindicales y empresariales.
2. Las Administraciones Públicas, de acuerdo con sus disponibilidades financieras, aportarán los recursos suficientes para posibilitar el adecuado desarrollo de las actuaciones contempladas para la consecución de los objetivos.