Artículo 33. Exención en tasas autonómicas.
Artículo 33 de la Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia. · BOE-A-2013-8989
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
En los años 2013 y 2014 se eximirán del pago de las tasas que se indican en la disposición final segunda a los sujetos pasivos que inicien sus actividades empresariales o profesionales en el citado período, siempre que el devengo se produzca durante el primer y segundo año de actividad.