Artículo 33. Órganos sociales.
Artículo 33 de la Ley 4/2022, de 31 de octubre, de Sociedades Cooperativas de Canarias. · BOE-A-2022-19625
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-10.
Texto consolidado
1. Son órganos necesarios de las sociedades cooperativas:
a) La asamblea general.
b) El órgano de administración.
c) La intervención.
2. Los estatutos podrán prever la existencia de un comité de recursos y de otras instancias de carácter consultivo o asesor y determinarán su composición, régimen de actuación y competencias, sin que en ningún caso les sean atribuibles las propias de los órganos necesarios.