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Ley Vigente

Artículo 33. Responsabilidad penal.

Artículo 33 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. · BOE-A-2007-19744

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-17.

Texto consolidado

1. Cuando la infracción pudiera ser constitutiva de delito o falta, la Administración instructora lo pondrá en conocimiento del órgano jurisdiccional competente, suspendiéndose la tramitación del procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no hubiera dictado sentencia firme o resolución que ponga fin al proceso.

2. La sanción penal excluirá la imposición de sanción administrativa en los casos en que se aprecie la identidad del sujeto, del hecho y del fundamento. De no haberse estimado la existencia de delito o falta, el órgano competente continuará la tramitación del expediente sancionador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-17.

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