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Ley Vigente

Artículo 33. Iniciativa social.

Artículo 33 de la Ley 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencias. · BOE-A-2001-9342

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-01.

Texto consolidado

Las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón fomentarán la participación del voluntariado social y apoyarán las iniciativas sociales que tengan por objetivo el desarrollo de actividades y programas en materia de drogodependencias.

Para ello, podrán suscribir convenios plurianuales y conciertos con instituciones privadas o entidades de iniciativa social, legalmente constituidas y debidamente acreditadas y registradas, en los términos previstos en la normativa vigente en materia de servicios y establecimientos sociales y sociosanitarios, siempre que cumplan los criterios de actuación y de calidad y los objetivos del Plan autonómico sobre drogas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-05-01.

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