Artículo 33. Co-mediación.
Artículo 33 de la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
1. Dependiendo de la complejidad de la cuestión a tratar, la mediación podrá llevarse a cabo, previa aceptación de todas las partes, mediante la intervención de una o más personas mediadoras que actuarán de forma coordinada.
2. En todo caso, la totalidad de personas mediadoras que actúen en co-mediación están sujetas a las obligaciones contempladas en el artículo 28.