Artículo 33. Movimiento de fondos museísticos.
Artículo 33 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
Los movimientos de fondos museísticos, tanto internos como externos, en razón de la eficacia en el cumplimiento de su función cultural y de la seguridad de su conservación, serán regulados por las disposiciones reglamentarias que se dicten en desarrollo de la presente ley.