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Ley Derogada

Artículo 33. Legislación supletoria en materia de personal.

Artículo 33 de la Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social. · BOE-A-2003-8794

Atención: Ley 2/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En lo no previsto por la presente Ley en materia de personal se estará a lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-28.

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