Artículo 33. Medidas sobre el deporte como espectáculo y su proyección pública en la sociedad.
Artículo 33 de la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2019-2712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-12.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón creará un protocolo de actuación en casos de agresiones físicas o verbales en el entorno deportivo, así como una red de apoyo social y psicológico para las víctimas.
2. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón actuará de oficio ante los casos de discriminación por orientación sexual, expresión o identidad de género que se produzcan en el ámbito deportivo.
3. El departamento competente en materia de deporte promoverá campañas públicas, mediante la implicación de personas deportistas de reconocida valía y prestigio personal, para la promoción de los valores del respeto a la diversidad afectivo-sexual e inclusión.
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