Artículo 33. Derecho a la educación.
Artículo 33 de la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2006-21821
Atención: Ley 17/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En los términos establecidos en la legislación básica del Estado, todas las personas menores de edad tienen derecho a la educación y a recibir una formación integral que garantice el pleno desarrollo de sus capacidades y su identidad personal desde que nacen, en el seno de la familia, con la colaboración de las administraciones públicas de las Illes Balears.
2. Las personas menores de edad que se hallen en situación de especial riesgo socioeducativo recibirán una atención educativa preferente y tienen derecho a la asistencia y formación necesarias que les permita un apropiado desarrollo y su realización personal.