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Ley Vigente

Artículo 33. Ejecución forzosa.

Artículo 33 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

Texto consolidado

Cuando el obligado no dé cumplimiento en forma y plazo a lo establecido en la resolución o requerimiento previo correspondiente o, en su caso, a la reparación del daño causado, el órgano competente para sancionar podrá imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado y proporcionales al alcance de las obligaciones que se impongan, por cuantías que no excederán los 3.005 euros por multa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

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