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Decreto Legislativo Vigente 3 redacciones

Artículo 33. Objeto.

Artículo 33 del Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón. · BOA-d-2015-90603

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-12.

Texto consolidado

1. Podrán ser objeto de Planes y Proyectos de Interés General de Aragón actuaciones territoriales relevantes como las siguientes:

a) La ejecución de grandes equipamientos, infraestructuras e instalaciones.

b) La ejecución de planes y programas propios de la Administración de la Comunidad Autónoma o gestionados conjuntamente con otras Administraciones Públicas.

c) (Anulada)

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, que modificaba la letra c) del apartado 1, por Sentencia del TC 113/2024, de 10 de septiembre. Ref. BOE-A-2024-20905

Redaccion anterior:

"c) La implantación de actividades energéticas, industriales, de servicios o de ocio de especial importancia, tales como los centros de esquí y montaña definidos en la legislación turística."

2. Los Planes y Proyectos de Interés General de Aragón se ubicarán preferentemente en suelo urbanizable no delimitado o en suelo no urbanizable genérico. Cuando hubieran de afectar a otras clases o categorías de suelo, habrá de justificarse motivadamente tanto la necesidad de la concreta ubicación como la compatibilidad con los valores propios del suelo afectado.

3. A los efectos previstos en esta ley, los planes con incidencia territorial previstos en otras leyes o reglamentos no tienen la consideración de Planes de Interés General de Aragón, salvo que así se prevea legalmente, por lo que serán objeto del informe territorial del Consejo de Ordenación Territorial de Aragón previsto en los artículos 9.5.d) y 65.

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, que modificaba la letra c) del apartado 1, por Sentencia del TC 113/2024, de 10 de septiembre. Ref. BOE-A-2024-20905#df-3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-10-12.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-20905.

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