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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 33. Clases de empresas turísticas.

Artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón. · BOA-d-2016-90440

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-04.

Texto consolidado

Las empresas turísticas pueden ser:

a) Empresas de alojamiento turístico.

b) Empresas de intermediación.

c) Complejos turísticos.

d) Empresas de restauración.

e) Empresas de turismo activo.

f) Cualesquiera otras que presten servicios turísticos y que se clasifiquen reglamentariamente como tales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-08-04.

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