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Decreto Legislativo Vigente 6 redacciones

Artículo 33. Contenido del Presupuesto.

Artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. · BOE-A-2010-5303

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

1. El Presupuesto será único e incluirá la totalidad de los gastos e ingresos de la Junta de Andalucía y demás entidades referidas en el artículo 31.

2. El Presupuesto contendrá:

a) Los estados de gastos de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial, en los que se incluirán con la debida especificación los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones.

b) Los estados de ingresos de la Junta de Andalucía y de sus agencias administrativas y de régimen especial, en los que figuren las estimaciones de los distintos derechos económicos que se prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio.

c) Los estados de gastos e ingresos de las agencias públicas empresariales que conforme a sus Estatutos sean de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

d) Los estados de gastos e ingresos de sus instituciones.

e) Los estados de gastos e ingresos de los consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.

f) Los presupuestos de explotación y de capital de las restantes agencias públicas empresariales y de las sociedades mercantiles del sector público andaluz.

g) Los presupuestos de explotación y de capital de las fundaciones y demás entidades referidas en el artículo 5.3.

h) Los presupuestos de los fondos carentes de personalidad jurídica definidos en el artículo 5.5, determinándose expresamente las operaciones financieras.

Esta modificación entra en vigor el 1 de enero de 2020, según determina la disposición final 21 de la citada ley.

Se modifican los apartados 2.e), f) y g) por la disposición final 2.2 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-592.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-797.

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