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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 33.bis. Bonificación en adquisiciones “mortis causa”.

Artículo 33 bis del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos. · BOJA-b-2018-90363

Atención: Decreto Legislativo 1/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los contribuyentes incluidos en los Grupos I y II de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o en los supuestos de equiparaciones establecidos en el artículo 20.1 de la presente Ley, aplicarán una bonificación del 99% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones «mortis causa», incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguro de vida.

Se añade por el art. único.4 del Decreto-ley 1/2019, de 9 de abril. Ref. BOJA-b-2019-90438

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-11.

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